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Agilizate.
Cláusulas de contrato de arrendamiento de uso de la aplicación agilízate en modo SaaS (software como servicio).
Ver anexo seguridad
Ver anexo tarifas
Estipulaciones
PRIMERA.- OBJETO
1.1. El presente contrato tiene por objeto regular las relaciones entre Cliente y EL PROVEEDOR respecto al uso del servicio de arrendamiento de uso de la aplicación informática eXpertis-SAAS (SERVICIO).
1.2. El presente SERVICIO se prestará, en todo caso, con sujeción a lo que, en cada momento, se prevea en el ordenamiento jurídico para la contratación electrónica y telefónica.
SEGUNDA.- ESTRUCTURA DEL CONTRATO
El presenta apartado describe la estructura del presente contrato y de los anexos asociados:
2.1. Contrato General.
El presente documento recoge todos los aspectos generales que describen la naturaleza del servicio así como el marco de actuación que define la relación CLIENTE-PROVEEDOR.
2.2. Anexo I: TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL POR CUENTA DE TERCEROS.
Regula el plano Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) referente al marco de actuación reflejado en el Contrato General.
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2.3. Anexo II: SEGURIDAD, PRIVACIDAD E INTEGRIDAD DEL SERVICIO.
Tiene establecer un marco adecuado para garantizar la Seguridad, Privacidad e Integridad del servicio eXpertis-SAAS como de toda la información almacenada en los sistemas que dan soporte al mismo.
2.4. Anexo III: ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (ANS). Dicho anexo tiene establecer un Acuerdo de Nivel de Servicio (ANS) en el que se definan todos aquellos parámetros que garanticen un servicio solvente, satisfactorio y de calidad.
2.5. Anexo IV : TARIFAS Y COMISIONES.
En este último anexo se recoge toda la información referente a tarifas y comisiones a aplicar en cada caso en función de la edición seleccionada, el número de usuarios, el volumen de datos a almacenar así como las restauraciones de datos a petición del cliente.
TERCERA.- ENTREGA TELEMÁTICA DEL CONTRATO EN SOPORTE DURADERO Y ENVÍO DE COMUNICACIONES.
3.1. El Cliente acepta expresamente que EL PROVEEDOR pueda archivar el contrato en los servidores seguros de EL PROVEEDOR a modo de entrega telemática, quedando disponible para su consulta desde la página web www.agilizate.com , desde donde el Cliente podrá imprimir o archivar una copia del mismo. En caso de discrepancias entre la copia del Cliente y el contrato archivado en los servidores de EL PROVEEDOR, primará éste último.
3.2. Asimismo, el Cliente acepta expresamente que todas las notificaciones, comunicaciones e información que EL PROVEEDOR deba remitirle o facilitarle como consecuencia de las operaciones suscritas, se realicen, siempre que la ley así lo permita, por medios electrónicos.
CUARTA.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
Como parte del Servicio, EL PROVEEDOR permitirá el uso del Servicio SaaS, así como el cifrado, la transmisión, el acceso y el almacenamiento de datos. Su registro del Servicio se considerará su consentimiento para cumplir este Contrato. La fecha del registro determinara el inicio del computo del plazo de prueba gratuita, previsto en la clausula 5.1.
A modo de referencia, al final de este Contrato se incluye una sección de ANEXOS.
El Servicio se ofrece en varias ediciones con distintos alcances de funcionalidad:
+ ERP-Básico :
- Facturas de Venta y Compra.
- Impuestos.
- Gestión de cartera de cobros y pagos
+ ERP-Plus:
- Facturas de Venta y Compra.
- Impuestos.
- Gestión de cartera de cobros y pagos
- Contabilidad General y presupuestaria
+CRM:
- Gestión de Clientes
- Gestión de Oportunidades
- Previsión de ventas
- Campañas de marketing
QUINTA- FACTURACIÓN, TARIFAS Y COMISIONES APLICABLES
5.1. Los servicios proporcionados por EL PROVEEDOR estarán sujetos a las tarifas publicadas y que se recogen en el Folleto de Tarifas, comisiones y Gastos que se encontrará en todo momento a disposición del Cliente en la web del EL PROVEEDOR (http://www.agilizate.com) y que el Cliente declara conocer y aceptar. Además, EL PROVEEDOR ofrece una prueba gratuita durante treinta (30) días sin compromiso. Las tarifas vigentes al tiempo de la firma del contrato son la que constan en el anexo IV relativo a tarifas y comisiones.
5.2. Actualmente, para las operaciones telefónicas realizadas mediante operador, EL PROVEEDOR podrá cobrar, a partir de la sexta llamada mensual, una comisión de 1.80 euros por llamada, que se liquidará mensualmente.
5.3. EL PROVEEDOR se reserva la facultad de modificar estas tarifas, previa comunicación individual a la clientela con una antelación mínima que será la fijada en el Folleto de Tarifas.
5.4. EL PROVEEDOR emitirá la factura en soporte electrónico, que tendrá la misma validez legal que las facturas en soporte papel, sin perjuicio de la facturación alternativa que EL PROVEEDOR enviará al Cliente a la última dirección postal que éste haya indicado.
5.5. EL PROVEEDOR facturará al Cliente en el momento de aceptación del contrato el importe correspondiente a la primera anualidad por el Servicio prestado, de acuerdo con los conceptos incluidos en la estipulación TERCERA de acuerdo a la tarifa elegida. A partir del primer año de servicio la facturación se realizará con periodicidad trimestral o anual. En el caso de variaciones en el alcance de los servicios contratados durante el primer año de prestación del servicio la regularización del precio de los mismos (a favor o en contra del cliente) se realizará también de forma trimestral o anual. Las facturas reflejarán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los servicios prestados, desglosando las cantidades que se deban abonar, así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables y en ellas figurará la fecha de vencimiento de las mismas.
5.6. Los pagos se harán efectivos, por defecto, mediante domiciliación bancaria o tarjeta de crédito.
5.7. Los importes no abonados en la fecha de su vencimiento devengarán un interés de demora igual al interés legal del dinero más tres puntos.
5.8. El Cliente tiene la responsabilidad de pagar todas las Licencias de usuario solicitadas para todo un Período de licencia, tanto si dichas Licencias de usuario están en uso como si no.
5.9. Si el cliente considera que su factura no es correcta, deberá ponerse en contacto con EL PROVEEDOR por escrito en un período de sesenta (60) días desde la fecha de la factura que contiene la cantidad en cuestión para poder, en su caso, recibir una rectificación o crédito.
SEXTA.- DURACIÓN Y TERMINACIÓN
6.1. El presente contrato tendrá una duración indefinida.
6.2. El presente contrato entrará en vigor el mismo día de su formalización, es decir en el momento que el cliente tiene la posibilidad de acceder a la utilización de su servicio recibiendo las indicaciones de acceso, así como un usuario y contraseña, además de la justificación por escrito vía e-mail de dicho contrato.
6.3. La activación del servicio con carácter general se producirá de forma automática.
6.4. El contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos y, en especial, por las siguientes:
6.4.1 Tras el primer año y por voluntad del Cliente, comunicándolo a EL PROVEEDOR con una antelación mínima de quince (15) días al momento en que haya de surtir efectos. La baja unilateral deberá ser comunicada a través de los siguientes medios y acreditando para ello su identidad: por escrito a la siguiente dirección c)Capuchinos de Basurto, nº 6-3ºC, 48013 Bilbao (Bizkaia). En caso de resolución sin justa causa, el CLIENTE deberá entregar además de las cantidades adeudadas al tiempo de la resolución, el importe correspondiente al coste de los 3 últimos meses del servicio recibido por SOLMICRO en concepto de indemnización de daños y perjuicios.
6.4.2 Por voluntad del Cliente ante un grave incumplimiento contractual por parte de EL PROVEEDOR, comunicándolo a EL PROVEEDOR por cualquiera de las vías mencionadas en el párrafo anterior. En este caso, la resolución contractual será automática desde la recepción de la notificación del Cliente, absteniéndose las partes de reclamarse las obligaciones recíprocas derivadas del contrato que se generen con posterioridad a la fecha de notificación del Cliente, mientras no se resuelva la reclamación por incumplimiento.
6.4.3 Por voluntad del Cliente sin penalización ninguna si comunica la resolución dentro del mes de prueba gratuita previsto en la cláusula 5.1.
6.4.4 Por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales de las partes.
6.4.5 Por uso ilícito del Servicio o uso contrario a la buena fe o las prácticas comúnmente aceptadas como de correcta utilización de los servicios de SAAS por parte del Cliente.
6.4.6 Por retraso en el pago por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del contrato en dos (2) ocasiones por mora en el pago. EL PROVEEDOR restablecerá el Servicio, en caso de suspensión por impago, dentro del día laborable siguiente a aquél en que tenga constancia de que las cantidades adeudadas han sido abonadas por el Cliente. El Cliente deberá abonar en su caso el importe correspondiente a la reactivación del Servicio.
6.5. La resolución del contrato no eximirá al Cliente de sus obligaciones frente a EL PROVEEDOR, incluida la obligación de pago.
6.6. En caso de extinción de este Contrato EL PROVEEDOR pondrá a su disposición un archivo con los Datos del cliente durante un período de treinta (30) días tras la extinción. EL PROVEEDOR se reserva el derecho de eliminar y/o desechar los Datos del cliente sin previo aviso por motivo de su incumplimiento, dentro del que se incluye, aunque no de forma exclusiva, su impago.
SÉPTIMA.- MODIFICACIONES CONTRACTUALES
7.1. EL PROVEEDOR podrá realizar modificaciones al presente contrato notificándolo al Cliente con una antelación mínima de un (1) mes a su entrada en vigor. En caso de que el Cliente no aceptase las nuevas condiciones y así lo notificase a EL PROVEEDOR, podrá resolver el contrato de manera anticipada y sin penalización alguna. Si, transcurrido el plazo de un (1) mes desde la notificación por EL PROVEEDOR, el Cliente no hubiese manifestado expresamente su disconformidad, o bien el Cliente utilizara el Servicio con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas. La comunicación al Cliente podrá realizarse a través de la Web de www.agilizate.com con indicación de la fecha de entrada en vigor de la modificación propuesta.
7.2. El Cliente deberá comunicar a EL PROVEEDOR cualquier modificación de los datos facilitados al contratar el Servicio desde el momento en que se produzcan.
OCTAVA.- ATENCIÓN AL CLIENTE Y RECLAMACIONES
8.1. Existe a disposición del Cliente un Departamento de Atención al Cliente al que el Cliente podrá dirigir peticiones de información, quejas, reclamaciones o cualquier incidencia relacionada con la prestación del Servicio.
8.2. Dicho servicio estará activo 12x6 (doce horas/día, 8:00-20:00, 6 días /semana, Lunes-Sábado salvo festivos nacionales).
8.3. El Cliente deberá formular sus reclamaciones en el plazo de un (1) mes desde el momento en que tenga conocimiento del hecho que las motive en por escrito a la siguiente dirección de EL PROVEEDOR c) Capuchinos de Basurto, nº 6-3ºC, 48013 Bilbao (Bizkaia) o a través de Internet en www.agilizate.com. Una vez presentada la reclamación, se asignará a ésta un número de referencia que EL PROVEEDOR comunicará al Cliente.
8.4. Cuando la reclamación haya sido solucionada, EL PROVEEDOR informará al Cliente de la solución adoptada a través del mismo medio utilizado por el Cliente para presentar la reclamación.
8.5. Formulada la reclamación, si el Cliente no hubiera obtenido una respuesta satisfactoria de EL PROVEEDOR en el plazo de un (1) mes podrá acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo o a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la información de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
8.6. Las comunicaciones entre el cliente y el personal de EL PROVEEDOR sdeberán observar las normas elementales de respeto en el diálogo. El cliente deberá dirigirse al personal de EL PROVEEDOR de una manera correcta en el uso del lenguaje y con la cortesía necesaria en el trato para la solicitud de cualquier aclaración y queja que pueda realizar. EL PROVEEDOR se reserva el derecho de no atender las peticiones, tanto escritas como verbales, que se dirijan a la empresa sin la adecuada y exigible corrección en las formas.
NOVENA- CONCESIÓN DE LICENCIA Y RESTRICCIONES.
9.1. Por el presente Contrato EL PROVEEDOR le concede el derecho mundial, no transferible y no exclusivo de utilizar el Servicio, únicamente para su propio uso empresarial interno sujeto a las condiciones de este Contrato. Todos los derechos no concedidos expresamente quedan reservados a EL PROVEEDOR y sus licenciantes.
9.2. No podrá acceder al Servicio si es un competidor directo de EL PROVEEDOR, o de cualquiera de las entidades que componen la UTE firmante del presente contrato salvo con el consentimiento previo por escrito de EL PROVEEDOR. Asimismo, no podrá acceder al Servicio con fines de supervisión de disponibilidad, rendimiento o funcionalidad u otros fines competitivos o de punto de referencia.
9.3. No podrá:
9.3.1. Conceder la licencia, sublicenciar, vender, revender, transferir, asignar, distribuir o explotar comercialmente de cualquier otra manera o poner a disposición de terceros el Servicio o el Contenido
9.3.2. Modificar o realizar trabajos derivados basados en el Servicio o Contenido.
9.3.3. Crear "vínculos" de Internet al Servicio o "enmascarar" o "duplicar" el Contenido de cualquier otro servidor o dispositivo inalámbrico o basado en Internet.
9.3.4. Realizar ingeniería inversa o acceder al Servicio para:
9.3.4.1. Crear un producto o servicio competitivo.
9.3.4.2. Crear un producto utilizando ideas, características, funciones o gráficos similares a los del Servicio.
9.3.4.3. Copiar ideas, características, funciones o gráficos del Servicio. Las Licencias de usuario no se pueden compartir o utilizar por más de un único Usuario, pero se pueden reasignar en un momento dado a nuevos Usuarios que sustituyan a Usuarios anteriores que hayan finalizado su trabajo o cambiado el estado o la función laboral y no vayan a seguir utilizando el Servicio.
9.4. Puede utilizar el Servicio sólo con fines empresariales internos y no podrá:
9.4.1. Enviar correo basura o mensajes duplicados o no deseados que infrinjan las leyes aplicables.
9.4.2. Enviar o almacenar material ilícito, obsceno, amenazante, difamatorio, ilegal o agravioso, incluido material perjudicial para los niños o que infrinja los derechos de privacidad de terceros.
9.4.3. Enviar o almacenar material que contenga software con virus, gusanos, troyanos o códigos, archivos, secuencias de comandos, agentes o programas informáticos dañinos.
9.4.4. Interferir o afectar a la integridad o rendimiento del Servicio o a los datos que contiene.
9.4.5. Intentar obtener acceso no autorizado al Servicio o los sistemas o redes relacionados.
DECIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL
10.1 EL PROVEEDOR (y sus licenciantes, en caso aplicable) es el propietario de todos los derechos e intereses, entre los que se incluyen todos los relacionados con el derecho de la propiedad intelectual en la Tecnología, el Contenido y el Servicio de EL PROVEEDOR y de cualquier sugerencia, idea, solicitud de mejora, comentario, recomendación o cualquier otra información que haya ofrecido el Usuario o cualquier otra parte relacionada con el Servicio. Este Contrato no supone una venta y no le otorga ningún derecho de propiedad sobre el Servicio, la Tecnología de EL PROVEEDOR o los Derechos de propiedad intelectual que ostenta EL PROVEEDOR. El nombre EL PROVEEDOR, el logotipo de SOLMICRO e Informática de Euskadi y los nombres de productos asociados con el Servicio son marcas comerciales de EL PROVEEDOR o de terceros y no se otorga ningún derecho o licencia para su uso.
DÉCIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD.
11.1 EL PROVEEDOR deberá mantener el debido secreto profesional respecto de los datos personales a los que tiene acceso y a exigir el mismo nivel de compromiso por escrito a cualquier persona que dentro de su organización participe en cualquier fase del tratamiento de los datos personales, tanto durante su relación profesional con EL PROVEEDOR, como una vez finalizada la misma por cualquier causa. Estas obligaciones subsistirán hasta dos (2) años después de la finalización del presente contrato.
DÉCIMO SEGUNDA.- INDEMNIZACIÓN MUTUA.
12.1. EL Cliente tendrá que eximir a EL PROVEEDOR, sus licenciantes y a cada organización principal, filial, afiliado, directivo, director, empleado, representante legal y agente de éstos de toda responsabilidad derivada de cualquier reclamación, costes, daños y perjuicios, pérdidas, obligaciones y gastos (incluidos los honorarios y las costas) surgidos a raíz de: (i) una reclamación que alega que el uso de los Datos del cliente infringe los derechos de terceros o ha provocado daños a terceros; (ii) una reclamación que, en caso de ser cierta, constituiría el incumplimiento de sus declaraciones; o (iii) una reclamación derivada del incumplimiento de este Contrato por parte del cliente o de sus clientes secundarios, siempre que en ese caso EL PROVEEDOR (a) le notifique por escrito la reclamación de forma inmediata; (b) le otorgue control exclusivo de la alegación y resolución de la reclamación (siempre que no resuelva o alegue ninguna reclamación a menos que exima de toda responsabilidad a EL PROVEEDOR de forma incondicional y dicha resolución no afecte al Servicio o la actividad de EL PROVEEDOR); (c) le ofrezca toda la información y ayuda de la que dispone; y (d) no haya comprometido o resuelto dicha reclamación.
12.2. EL PROVEEDOR tendrá que eximir al cliente y a sus organizaciones principales, filiales, afiliados, directivos, directores, empleados, representantes legales y agentes de éstos de toda responsabilidad derivada de cualquier reclamación, costes, daños y perjuicios, pérdidas, obligaciones y gastos (incluidos los honorarios y las costas) surgidos a raíz de: (i) una reclamación que alegue que el Servicio infringe directamente un derecho de copyright, una patente emitida en la Fecha de entrada en vigor o una marca comercial de un tercero; (ii) una reclamación que, en caso de ser cierta, constituiría el incumplimiento de las declaraciones de EL PROVEEDOR; o (iii) una reclamación derivada del incumplimiento de este Contrato por parte de EL PROVEEDOR, siempre que el cliente (a) notifique la reclamación de inmediato por escrito a EL PROVEEDOR; (b) otorgue el control exclusivo a EL PROVEEDOR de la alegación y resolución de la reclamación (siempre que EL PROVEEDOR no resuelva o alegue ninguna reclamación a menos que exima al cliente de toda responsabilidad de forma incondicional); (c) ofrezca a EL PROVEEDOR toda la información y ayuda de la que dispone; y (d) no haya comprometido o resuelto dicha reclamación. EL PROVEEDOR no estará obligado a indemnizarle y el cliente tendrá que indemnizar a EL PROVEEDOR conforme a este Contrato por las reclamaciones derivadas de cualquier incumplimiento surgido de la combinación del Servicio con cualquier otro producto, servicio, hardware o proceso empresarial.
DÉCIMO TERCERA.- DESCARGO DE RESPONSABILIDAD.
13.1 Sin perjuicio en lo dispuesto en el Anexo III, el proveedor y sus licenciantes no declaran ni garantizan la fiabilidad, idoneidad, calidad, adaptabilidad, veracidad, disponibilidad, precisión o totalidad del servicio o su contenido. el proveedor y sus licenciantes no declaran ni garantizan que (a) el uso del servicio sea seguro, oportuno, ininterrumpido o que funcione sin errores o en combinación con otro hardware, software, sistema o datos; (b) el servicio satisfaga sus necesidades o expectativas; (c) cualquier dato almacenado sea preciso o fiable; (d) la calidad de cualquier producto, servicio, información u otro material adquirido a través del servicio satisfaga sus necesidades o expectativas; (e) los errores o defectos se corrijan; o (f) el servicio o los servidores que posibilitan el servicio no contengan virus u otros componentes dañinos. El servicio y todo su contenido se ofrece al cliente tal cual exclusivamente. todas las condiciones, manifestaciones y garantías, tanto explícitas como implícitas, legales o de cualquier otro tipo, entre las que se incluye cualquier garantía implícita de comerciabilidad, adecuación a cualquier propósito específico o la no violación de los derechos de terceros, quedan denegadas de este modo en la máxima extensión permitida por la ley aplicable por el proveedor y sus licenciantes.
DÉCIMO CUARTA.- CESIÓN, CAMBIO DE CONTROL
14.1 El cliente no podrá ceder este Contrato sin el consentimiento previo por escrito de EL PROVEEDOR pero EL PROVEEDOR podrá cederlo sin su consentimiento a (i) una organización principal o filial, ii) un inversor o (iii) un sucesor por fusión. Queda anulada cualquier pretensión de cesión que infrinja lo estipulado en esta sección. Cualquier cambio de control real o propuesto que dé como resultado que un competidor directo de EL PROVEEDOR posea o controle directa o indirectamente un mínimo del cincuenta por ciento (50 %) del cliente permitirá a EL PROVEEDOR resolver este Contrato por motivos justificados de forma inmediata con aviso por escrito.
DÉCIMO QUINTA.- NULIDAD Y VIGENCIA DE LOS PRESENTES ACUERDOS.
15.1 En caso de no ser válida alguna de las disposiciones de este contrato, las partes implicadas acuerdan que dicha invalidez no afectará a la validez del resto de disposiciones del presente contrato. El contrato se rige por las leyes del Estado español, y ambas partes se someten a la jurisdicción exclusiva de los juzgados y tribunales de Bilbao. Este documento representa la totalidad del contrato entre usted y EL PROVEEDOR el cual sustituye a cualquier contrato precedente, ya sea verbal o escrito, referente a este tema.
Ver anexo seguridad
Ver anexo tarifas
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